Declarada situación de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios en toda Castilla y León por previsión de condiciones meteorológicas especialmente desfavorables.
Días: 11, 12 y 13 de agosto. En vigor hasta las
23.59 h del 13 de agosto.
Medidas preventivas extraordinarias a aplicar son las que establece la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en CYL y, en concreto, las siguientes:
- Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
- 🫕Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
- Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
- Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
- Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. * Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general