Hasta la fecha, los ganaderos que tuvieran la intención de utilizar superficies para el engorde de sus cerdos, que no estuviesen incluidas en la citada capa, debían realizar una declaración ante la Consejería de Agricultura y Ganadería, antes del inicio de la primera campaña de montanera.
En esta campaña 2017, para facilitar a los productores de ibérico la utilización de la cartografía digital del SIGPAC, la Consejería de Agricultura y Ganadería ha decidido integrar este procedimiento de actualización y mantenimiento de la capa de montanera en el sistema de mantenimiento del SIGPAC.
A partir de ahora se cuenta con un tipo de alegación específica al SIGPAC:
- 12-a), relativa al porcentaje de intersección del recinto con la capa de montanera y
- 12-b), relativa a la determinación de la Superficie Arbolada Cubierta (SAC) de especies del género Quercus.
Los ganaderos que vayan a utilizar en la próxima montanera parcelas y recintos que no estén incluidos en la capa de montanera del SIGPAC deberán presentar una alegación al SIGPAC (tipo 12a), junto con la Solicitud Única de ayudas PAC y también, podrán solicitar la revisión de la aptitud de montanera si no están conformes con la que figura actualmente en el SIGPAC, a través de este mismo tipo de alegación (tipo 12-a), o la revisión de la Superficie Arbolada Cubierta (SAC), mediante una alegación de tipo 12b).

