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Cambios en las indemnizaciones por sacrificio obligatorio y reposición por vacíos sanitarios

El BOE ha publicado un nuevo Real decreto (Real Decreto 904/2017, de 13 de octubre)  que introduce modificaciones en cuanto a las indemnizaciones por sacrificio obligatorio y a reposición en el caso de los vacíos sanitarios.

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En concreto:

1.- En el caso de las indemnizaciones por sacrificio obligatorio modifica el Real Decreto 904/2017, de 13 de octubre, por el que se modifican las normas de indemnizaciones y subvenciones estatales en materia de sanidad animal en los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales. El baremo de indemnización será un 85% según valores del cuadro siguiente. Sube un 10% (antes era del 75%).

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Se incluye a mayores un 5% adicional si se trata de razas autóctonas de las incluidas en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado en España (Anexo I del real decreto 2129/2008, de 26 de diciembre) y especifica que las comunidades Autónomas podrán limitar la cuantía final a percibir en un máximo de 1.500.000 €/explotación.

2.- En el caso de la reposición por vacío sanitario modifica el Real decreto 82/2015. de 13 de febrero , por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación encaso de vacío sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovinar, brucelosis bovina, brucelosisi ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles .Como novedad, contempla la posibilidad de que «bajo las condiciones que establezca la Autoridad Competente de la Comunidad Autónoma donde tenga lugar el vacío sanitario, la repoblación se podrá efectuar en una explotación distinta de la que tuvo lugar este, siempre que al menos ambas explotaciones pertenezcan al mismo titular y estén ubicadas en la misma Comunidad Auttónoma»

Aumenta la ayuda al 85% del valor de los animlaes sacrificadso (antes 75%) y establece el importe máximo por explotación en 100.000 € (antes 75.000 €).

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