El objetivo de estas ayudas es promover la sucesión de explotaciones para favorecer el relevo generacional y el aumento de la viabilidad de las explotaciones agrarias.
Las solictudes se podrán presentar hasta el 15 de enero de 2025
Lo pueden solicitar:
Cedentes, personas físicas, jefes de explotación, que cumplan los requisitos.
Requisitos que deben cumplir:
Los cedentes, personas físicas ó jefes de explotación, deberán desarrollar su actividad en Castilla y León, estar en situación de la jubilación establecida o cumplir los requisitos para acceder a la jubilación y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle a través de una cooperación para la sucesión de esa explotación agraria. Además deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.Formalizar un proyecto de cooperación con un cesionario que no podrá ser familiar de primer grado del cedente. Dicho Proyecto de cooperación incluirá al menos los siguientes contenidos:
- La situación inicial de la explotación.
- El compromiso por parte del cedente de cesar en su actividad agraria, y darse de baja en el Reacyl por su actividad agraria.
- El compromiso por parte del cedente de transferir los derechos propios al cesionario, ligados a todas las unidades de producción que se vendan o arrienden.
- Las actuaciones que quiere realizar el sucesor contemplando si va a realizar una primera instalación, la diversificación agraria, inversiones o el desarrollo de otras intervenciones y el asesoramiento que pueda recibir tanto por el cedente como por asesores externos a la explotación.
- La dedicación del cedente a la transmisión de sus conocimientos.
2. Tener inscrita a su nombre en el Reacyl una explotación agraria cuya producción estándar sea, como mínimo, de 5.000 €.
3. No tener más de 72 años.
4. Ser agricultor activo.
5. Cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria.
6. Haber ejercido la actividad agraria durante los cinco años anteriores a la solicitud de ayuda.
7. Ser beneficiario de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse.
Destino de la ayuda:
La ayuda se destinará a prestar apoyo a los agricultores o ganaderos que decidan cesar en su actividad y cedan su explotación a otros agricultores o ganaderos, compensando una parte del coste de oportunidad que supone dicha cesión.
Cuantía de la ayuda:
- El importe anual (IA) se calculará teniendo en cuenta el valor de la producción estándar total (PET).
- La ayuda final anual pagadera al beneficiario estará necesariamente comprendida entre el 15% y el 60% de la producción estándar total (PET).
- En caso de que el importe anual (IA) calculado conforme al punto dos anterior, rebasara dichos límites, la ayuda final anual se igualará al valor resultante de multiplicar la PET de la explotación por el porcentaje del 15% o del 60% que corresponda.
- La ayuda total en euros que percibirá el beneficiario se calculará multiplicando por cinco la ayuda final anual con un límite máximo de 85.000 euros.