El BOCYL ha publicado hoy una Orden que modifica:
➖ artículo 4, Actividad subvencionable, para recoger determinadas excepciones al periodo de permanencia de los animales en la explotación y a los casos de cambios de titularidad de las explotaciones, a fin de adecuarse a las circunstancias que puedan ocurrir en dicho periodo y se introduce la posibilidad de ser beneficiarios de la ayuda los titulares de explotación que adquieren un animal ya inscrito en el libro definitivo por otro titular siempre que dicho animal no haya percibido la ayuda.
➖ artículo 6, Cuantía individualizada de la subvención, con el fin de actualizar las cuantías máximas para cada ejemplar y la ayuda máxima a percibir por cada beneficiario.
– 360 € por U.G.M. para las variedades o razas del listado A del Anexo I.
-240 € por U.G.M. para las razas autóctonas del listado B del Anexo I
-18 € por reproductor en las razas aviares
➖En consonancia con el listado de razas autóctonas amenazadas del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España aprobado en la reunión de la Comisión Nacional de Zootecnia, celebrada el día 8 de noviembre de 2022, se *modifica el Anexo I Razas puras de Castilla y León.