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El Ministerio modifica los anexos I y II de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

En respuesta a la circulación del serotipo 4 del virus de la lengua azul en las provincias de Cáceres y Salamanca y en Portugal, modifican las zonas de restricción establecidas en la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, incluyendo las comarcas de Ciudad Rodrigo, Lumbrales, La Fuente de San Esteban, Tamames y Sequeros, en la provincia de Salamanca, en la zona restringida frente al serotipo 4.

Asimismo, se procede a incluir las comarcas de Vitigudino, Ledesma, Salamanca, Alba de Tormes, Guijuelo y Béjar (en la provincia de Salamanca), Bermillo de Sayago (en la provincia de Zamora) y El Barco de Ávila, Candeleda, Arenas de San Pedro, Sotillo de la Adrada, El Barraco, Navaluenga, Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, y Ávila (en la provincia de Ávila), como zona de vacunación voluntaria del serotipo 4.

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