La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha establecido una primera propuesta de los criterios para la concesión de ayudas directas a los agricultores y ganaderos de determinados sectores productivos afectados por la invasión de Ucrania.
–Destinatarios de las ayudas:
- Titulares de explotaciones ganaderas de vacuno de cebo de la propia explotación.
- Titulares de explotaciones ganaderas destinadas a avicultura de puesta para consumo.
- Titulares de explotaciones ganaderas destinadas a pavos.
- Titulares de explotaciones ganaderas de ganado porcino (reproductoras y cebo).
- Titulares de superficies de regadío con aguas subterráneas que en 2022 han cultivado remolacha azucarera, patata u otros cultivos hortícolas.
–Importe de las ayudas:
- Para las explotaciones que soliciten la ayuda a las explotaciones de vacuno de cebo de la propia explotación el importe unitario de 9,8 € por ternero a partir de tres terneros y hasta un máximo de 520 terneros por explotación.
- Para las explotaciones que soliciten la ayuda a la avicultura de puesta y/o pavos, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación:
- De 251 a 1.000 plazas: 600 €
- De 1.001 a 5.000 plazas: 810 €
- De 5001 a 10.000 plazas: 1.200 €
- De 10.001 a 20.000 plazas: 1.800 €
- De 20.001 a 30.000 plazas: 2.400 €
- De 30.001 a 40.000 plazas: 3.000 €
- De 40.001 a 50.000 plazas: 3.600 €
- A partir de 50.001 plazas: 4.800 €
- Para las explotaciones de porcino, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente diferenciando entre las de cerdas reproductoras y cebo y criterios de degresividad:
- Para explotaciones de reproductoras
- De 6 a 500 cerdas reproductoras, 10 € por hembra.
- De 501 a 1.000 reproductoras, 5 € por hembra.
- A partir de 1.001 reproductoras, 1 € por hembra.
- Para explotaciones de cebo
- De 50 a 1.000 plazas de cebo, 1 € por plaza.
- De 1.001 y hasta 2.000 plazas de cebo, 0,75 € por plaza.
- De 2.001 hasta 4.000 plazas de cebo, 0,50 € por plaza
- De 4.001 hasta 8.000 plazas de cebo, 0,25 € por plaza.
- A partir de 8.001 plazas de cebo, cero euros por plaza.
- Para explotaciones de reproductoras
- Para los titulares de superficies de regadío con aguas subterráneas que en 2022 han cultivado remolacha azucarera, patata u otros cultivos hortícolas, se estima un importe de ayuda unitario de 250 euros por hectárea declarada en la solicitud única PAC 2022 y cuyo regadío se identifique con la extracción de agua subterránea, para una superficie máxima total subvencionable 60 hectáreas, considerando la suma de todas las superficies admisibles de la explotación de los distintos cultivos contemplados en esta ayuda.
Tanto para las aves como para el porcino, en el caso en que un mismo beneficiario sea titular de más de una explotación ganadera, a efectos de determinar el estrato en el que se ubica para establecer el máximo de ayuda, se sumarán las capacidades máximas de todas sus explotaciones localizadas en el territorio nacional.
–Concesión de la subvención:
La concesión de la subvención se notificará a los beneficiarios, que deberán aceptarla en el plazo de treinta días naturales desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.
Una vez aceptada la ayuda y comprobado que los beneficiarios se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León y frente a la Seguridad Social y, dada la singularidad de la subvención concedida, se librará en un único pago por beneficiario.