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Propuesta del Ministerio para elpago acoplado al vacuno extensivo y para los ganaderos que ceban sus propios terneros.

Os dejamos la propuesta presentada por el Minsiterio a las comunidades autonomas en relaciçón a los pagos acoplados que afectarían al vacuno.

Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno extensivo (vaca nodriza)

Se propone que es necesario un mayor apoyo a las  explotaciones de menor dimensión y con menor economía de escala que soportan mayores costes y cuentan con mayores dificultades de cara a la orientación al mercado mientras son importantes generadoras de bienes públicos en el medio rural, de este modo en la España Peninsular:

  • Para garantizar que la ayuda cumple con este objetivo, entre los requisitos se establece que los animales elegibles además de ser vacas nodrizas de raza cárnica o de cruce de estas razas inscritas en RIIA (SITRAN) deben tener un parto registrado en los 20 meses previos incluyendo un porcentaje máximo de novillas elegibles del 15 % respecto a las vacas nodrizas elegibles de la explotación, garantizando así el mantenimiento de la actividad productiva y evitando subvencionar animales no productivos.
  • Las primeras [100] vacas elegibles recibirán el [100] % del importe unitario y a partir de la [101] el [70 %] del importe unitario.

Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno extensivo que ceban sus propios terneros en la explotación de nacimiento. 

Condiciones de elegibilidad:

  • Bovinos de 8 a 24 meses de edad, inscritos en RIIA (SITRAN) con destino sacrificio en matadero o exportación, bien directo o bien a través de intermediario ubicados en explotaciones registradas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) del tipo de producción reproducción para la producción de carne, mixta o leche [clasificadas como extensivas o asimilables conforme se establezca en la normativa de ordenación de explotaciones de ganado bovino en elaboración] y explotaciones tipo pasto.
  • Además, los ganaderos para ser beneficiarios deberán tener  un mínimo de 3 animales elegibles en su explotación y deberán cumplir en su explotación con los criterios previstos en la normativa vigente y con aquellos que se establezcan en la normativa en elaboración en materia de
  1. Bienestar Animal.
  2. Reducción del consumo de Antibióticos.
  3. Medio Ambiente.

Por otra parte, se ha constatado que es necesario un mayor apoyo a las  explotaciones de menor dimensión y con menor economía de escala que soportan mayores costes y cuentan con mayores dificultades de cara a la orientación al mercado mientras son importantes generadoras de bienes públicos en el medio rural, de este modo en la España Peninsular:

  • Las primeros [75] terneros recibirán el [100] % del importe unitario y a partir del [76] el [70 %] del importe unitario.

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