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Publicadas tres Órdenes de ayuda al sector de Castilla y León

Hace unos días Castilla y León tomaba la decisión de declarar la campaña 2016-2017 como excepcional por los efectos climatológicos adversos y contemplaba la necesidad de adoptar medidas urgentes de apoyo al sector (Acuerdo 31/2017, de 22 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara en Castilla y León, la campaña agrícola 2016-2017 como excepcional debido a los efectos producidos por los fenómenos climatológicos adversos acaecidos y se establecen medidas urgentes de apoyo al sector agrario).

Con ese fin el 30 de junio el BOCYL ha publicado tres Órdenes que recogen diferentes medidas para ayudar a los productores a hacer frente a la sequía. En concreto, hacen referencia a los siguientes aspectos:

 

1.-  Dotar de liquidez a las explotaciones agrarias.

Ayuda a la bonificación de intereses

Esta línea de ayuda contribuye de forma significativa a dotar de liquidez a las explotaciones agrarias al bonificar hasta el 100% de los intereses a agricultores profesionales, cotizantes a la Seguridad Social agraria, con rentas por actividades agrarias que supongan más del 50% y que tengan suscrito un seguro agrario y el 50% a los que no tengan contratada una póliza. En ambos casos, además, deben comprometerse a contratar un seguro agrario los próximos tres años.

Los préstamos que pueden ser objeto de subvención son los avalados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) en los términos establecidos por el MAPAMA en la Orden Ministerial de 29 de mayo.

Así, se habilitan préstamos de hasta 40.000 €, con 5 años de amortización, de los cuales uno será de carencia. En este caso, el Estado se hará cargo del 100% de las garantías y la Junta de Castilla y León del 100% de los intereses.

Se abre además un plazo, hasta el 15 de octubre, para que se contrate cualquier tipo de seguro agrario y tener la posibilidad de estar bonificado un 100%. Si no se cuenta con ningún seguro de este tipo, las bonificaciones de intereses serán del 50% tanto por parte de la Administración autonómica como estatal.

El plazo para la presentación de solicitudes para el reconocimiento del derecho a la suscripción de un préstamo preferencial bonificado finalizará el 20 de septiembre.

 

ORDEN AYG/546/2017, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de minimis destinadas a la bonificación de intereses en préstamos preferenciales bonificados formalizados por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León y se establecen las condiciones para el reconocimiento del derecho a dichos préstamos.

 

2.- Garantizar el suministro de agua.

Ayuda al suministro de agua en las explotaciones ganaderas

Se destinarán ayudas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo de aprovechamiento de pastos. Consistirán en subvencionar el 50% del gasto con un máximo de 4.000 euros.

La ayuda deberá invertirse en la construcción de estructuras para el abastecimiento de agua. Tales como balsas de almacenamiento o abrevaderos, adquisición de cisternas o abrevaderos móviles y la contratación del servicio de abastecimiento de agua.

ORDEN AYG/545/2017, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de minimis destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo de aprovechamiento de pastos de Castilla y León.

3.- Flexibilizar los requisitos para el cobro de las ayudas PAC y Desarrollo Rural.

Se establecen excepciones aplicables al cumplimiento de las obligaciones y criterios de admisibilidad de las ayudas gestionadas por la Consejeria y finanaciadas por el FEAGA y/o FEADER.

Pago verde (greening)

  • Se eximirá a agricultores del cumplimiento de la diversificación de cultivos en las tierras arables si los fenómenos climáticos adversos han impedido cumplir los planes de siembra previstos y en consecuencia se han visto alterados.
  • Si se cuenta con más de 15 Ha de cultivo y se han incluido cultivos fijadores de nitrógeno para cumplir con el 5% obligatorio de SIE (Superficie de Interés Ecológico), no será obligatorio cumplir el estado fenológico hasta el que deben permanecer sobre el terreno marcado por la normativa.

Planes de mejora

  • Se podrá solicitar una ampliación del plazo, o modificar los ya establecidos, hasta la fecha en la que el beneficiario esté en condición de finalizar las inversiones y ejecutar el plan de mejora.
  • En los expedientes ya certificados de los planes de mejora, no tendrá la consideración de incumplimiento de los compromisos suscritos, cuando la explotación y/o inversiones se hayan visto afectadas por los fenómenos climáticos. Se deberá comunicar a la Dirección General por escrito esta situación y las pruebas pertinentes.

Condicionalidad

  • No será obligatorio cumplir el requisito de crear zonas de refugio para la fauna silvestre (dejar sin recolectar el 1 por mil de la superficie de cereal de secano)
  • Se permite labrar las tierras recolectadas sin restricción alguna mediante volteo, al considerar que una amplia superficie de secano destinada a cultivos herbáceos de invierno tiene bajas expectativas de cosecha para grano.

ORDEN AYG/541/2017, de 28 de junio, por la que se establecen excepciones al cumplimiento de obligaciones y criterios de admisibilidad en el marco de las actuaciones de las ayudas financiadas por el FEAGA y/o FEADER como consecuencia del carácter excepcional de la campaña agrícola 2016-2017

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2017/06/30/pdf/BOCYL-D-30062017-4.pdf

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2017/06/30/pdf/BOCYL-D-30062017-5.pdf

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2017/06/30/pdf/BOCYL-D-30062017-6.pdf

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