Dado que cada vez son más los países de la UE que cuentan con programas de control y erradicación de IBR, es preciso establecer un marco nacional para que el control de la enfermedad se realice de forma homogénea en el territorio nacional.
De forma resumida, las principales actuaciones son las siguientes: por un lado, la calificación sanitaria oficial de las explotaciones en todo el territorio nacional, por otro, la substitución de las vacunas convencionales por vacunas marcadas, delecionadas de la glicoproteína E, que permitan la diferenciación de los animales en función de si han estado en contacto con el virus campo o, por el contrario, han sido vacunados, la adhesión voluntaria al Programa de prevención, control y erradicación de IBR y, finalmente, la regulación oficial de los movimientos entre explotaciones según su situación sanitaria.
De este modo, se pretende mejorar el control de la enfermedad a medio plazo, lo que permite una adaptación progresiva en las explotaciones con mayor presencia de IBR, minimizando el impacto sobre el comercio y los movimientos comerciales.
https://www.boe.es/boe/dias/2019/10/11/pdfs/BOE-A-2019-14553.pdf