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Nuevos requisitos para homogenizar y facilitar el registro de maquinaria agrícola

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes día 10 un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente en materia de caracterización y registro de la maquinaria agrícola (Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio) actualizando la potencia de inscripción de los tractores y facilitando la creación del censo de equipos de tratamiento y abonadoras.rnrnEl nuevo Real Decreto establece que la potencia con la que deben inscribirse los tractores que dispongan de «gestor de potencia» -el nuevo sistema electrónico que permite incrementar su potencia en situaciones especiales- es la medida en el motor sin que este sistema de gestión esté activado. Con ello se unifican los criterios para determinar la potencia con la que se inscriben los tractores en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de las Comunidades Autónomas.rnrnLa nueva normativa prorroga, por otra parte, el período establecido para inscribir en los Registros de Maquinaria las abonadoras y los equipos de aplicación de productos fitosanitarios. Esto facilitará la elaboración del censo del parque de equipos de aplicación de fitosanitarios, y su inspección obligatoria, con lo que se cumple así con la normativa que establece que para inspeccionar un equipo móvil en una estación especificada es necesario que esté inscrito en el citado Registro.

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