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El BOCYL publica las tarifas de las tasas en CyL

La Orden, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de tasas
propias de la Comunidad de Castilla y León, tiene carácter retroactivo, y es aplicable desde el 15 de mayo de 2024.

TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS VETERINARIOS

Código 304.2Tasa por prestación de servicios veterinarios.Cuotas (Euros)
Prestación de servicios de diagnóstico, análisis y dictamen no exigidos por la legislación vigente, a petición de parte:
Análisis físico-químicos:
Por determinación3,00
Máximo para varias determinaciones en una única muestra24,15
Análisis microbiológicos:
Aislamiento o identificación (por muestra)20,00
Análisis bacteriológico (por muestra)15,00
Determinación de antibiogramas (por muestra)5,00
Análisis parasitológicos (por muestra)2,00
Análisis serológicos (por determinación):
Ovino/caprino1,30
Porcino2,30
Bovino5,75
Equino8,00
Otras especies2,30
Diagnóstico molecular (PCR convencional y PCR tiempo real)20,00
Necropsias:
Bovino y equino25,00
Porcino, ovino, caprino, cánidos y félidos20,00
Aves y lagomorfos10,00
Otras especies10,00
Otras analíticas laboratoriales no especificadas (por muestra)6,00
Itradermotubercunilzación:
Bovina5,75
Caprina2,50
Otros servicios de dictamen no especificados6,00
Expedición de documentación necesaria para el transporte y circulación de animales:
Talonarios de documentos de control de movimiento pecuario3,90
Guías de Origen y Sanidad Animal:
Bovino y equino, por cada animal0,59
Porcino (sacrificio y reproducción), por cada animal0,1404
Porcino (de cría), por cada animal0,06565
Ovino y Caprino por cada animal0,06565
Aves y conejos por cada centenar o fracción0,1626
Polluelos por cada centenar o fracción0,05455
Huevos para incubar por cada millar0,1293
Colmenas por cada unidad0,05455
Certificado sanitario de intercambios intracomunitarios o con países terceros, por cada certificado. Si se precisasen varios certificados por ser varios los destinos o los medios de transporte, además de la cantidad por cada certificado, se aplicará la cuota correspondiente a «Guías de Origen y Sanidad Animal» teniendo en cuenta el número de animales que ampare cada certificado. Por la analítica que sea precisa para expedir la certificación, se devengará la cuota correspondiente a la «prestación de servicios de diagnóstico».34,10
Documentos especiales para el movimiento de animales3,90
Expedición o revisión de Documento Sanitario y de Identificación Individual4,00
Actualización de la documentación y expedición de certificados de las explotaciones ganaderas no obligatoria, a petición del interesado6,80
Realización de inspecciones y controles voluntarios a petición de parte16,95
Identificación del ganado bovino, ovino y caprino:
Especie bovina:
Por suministro de material de identificación (crotal y DI ) o reexpedición del documento de identificación por alta en nueva explotación0,37
Por suministro de material para recrotalización0,72
Por expedición de duplicados de documentos de identificación3,90
Especie ovina y caprina:
Por suministro de material de identificación (bolo y crotal)0,59
Por suministro de material para reidentificación (bolo o crotal) por cada elemento0,26

Aquís se pueden consultar todas las tasas:

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2024/09/16/pdf/BOCYL-D-16092024-13.pdf

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